¿Quién necesita el certificado y/o atestación sanitaria?
Los certificados sanitarios de exportación acreditan que los productos cumplen con los requisitos sanitarios exigidos por el país de destino. Cuando una empresa quiere exportar alimentos a países no pertenecientes a la Unión Europea, debe tener en cuenta que pueden existir acuerdos bilaterales con el país de destino, en los que se prevean controles a realizar sobre los productos a exportar. Esta previsión incluye, en algunos casos, los modelos de certificados sanitarios que deben acompañar a las mercancías.
Se recomienda al exportador que contacte con el cliente del país de destino y que consulte la información disponible en los siguientes enlaces:
También puede consultar en el Área Funcional de Agricultura y Pesca de la sede de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) para que le informen de todos los requisitos sanitarios exigidos para exportar los productos a este país, así como del modelo de certificado necesario para realizar esta exportación.
Subdelegación del Gobierno en Barcelona
Dependencia del Área Funcional de
Agricultura y Pesca.
C/ Bergara 12, 2ª planta, Barcelona
CP 08002 BARCELONA
Tl: 93 520 96 75
E_mail: isa_b.barcelona@seap.minhap.es
Productos de origen NO animal (PONAS)
Por ejemplo: Productos vegetales transformados, bebidas, complementos alimenticios y mezclas que contienen vegetales y productos transformados de origen animal.
Organismo que tramita: Ministerio de Sanidad
Se deben solicitar a través de la página del SAEXTCERT: saexcert.sanidad.gob.es
Si tiene alguna duda o consulta puede dirigirse al correo
saexcert@sanidad.gob.es
Productos de origen animal (POAS)
Por ejemplo: Carne, pescado, productos lácteos, huevos, miel.
Organismo que tramita: Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.
Se deben solicitar a través de la página del CEXGAN:
servicio.mapama.gob.es/cexgan/Acceso.aspx
Para determinadas exportaciones, en función del producto y el país de destino, se requiere la emisión (por parte de Servicios Veterinarios Oficiales) de la Atestación, Atestación de precintado.
mediante el formulario que encontrará al final de esta página
Para los establecimientos ubicados en la ciudad de Barcelona, la solicitud se hará mediante el formulario que encontrará al final de esta página, y deberá efectuarse con una antelación mínima de 48h laborables. Cuando sea necesaria la inspección, se realizará según disponibilidad de los servicios de inspección, y dentro del horario de 9h a 14h, de lunes a viernes no festivos.
¿Qué datos necesito para tramitar la solicitud?
A la hora de realizar la solicitud deberá identificar:
- Los datos de la empresa que realiza la expedición (Razón social, nombre y apellidos de la persona de contacto, teléfono y dirección electrónica)
- Los datos del establecimiento expedidor (y responsable del pago de la tasa): Titular, NIF, dirección electrónica, dirección, RGS y/o RSIPAC.
- El/los tipos de alimento/s a certificar y el país o países donde se van a exportar.
El intervalo de días y horarios en los que se desea que se realice la inspección.
¿Siempre se hará inspección previa?
En determinados casos, existe la posibilidad de emitir los certificados o atestaciones sanitarias de forma no presencial, en base a los resultados de los controles oficiales regulares y al análisis de los datos obtenidos del sistema de autocontrol establecido en el establecimiento exportador, el cual debe permitir garantizar por parte del operador el cumplimiento de todos los aspectos contenidos en el modelo de certificado.
Periódicamente se realizarán certificaciones presenciales para verificar que se siguen manteniendo las garantías para la certificación.
Cuando recibamos su solicitud, le confirmaremos por correo electrónico si se realizará inspección previa para expedir el certificado o la atestación. En caso de que no se realice inspección previa, le pediremos que aporte el modelo de certificado y la documentación necesaria, y le indicaremos dónde se debe presentar.
¿Cuál es la tasa?
Los establecimientos expedidores deben liquidar el importe de la tasa vigente. Después de emitido el certificado y/o la atestación, recibirán una notificación con las tasas a abonar.
La tasa está sujeta a actualización anual de acuerdo con la legislación vigente.
El importe vigente desde el año 2026 es:
- Certificación presencial: 70,15€ por un certificado y/o atestación + 15,40€ por certificado y/o atestación extra
- Certificación no presencial: 15,40€ por cada certificado y/o atestación
Es necesario darse de alta en la plataforma de la notificación electrónica para recibir los avisos de las notificaciones de pago de las tasas. Puede consultar toda la información en el enlace:
https://ajuntament.barcelona.cat/notificacioelectronica/ca/
Formulario de solicitud de certificados de exportación de productos de origen animal (POAS) para los servicios de inspección de la ciudad de Barcelona