Solicitud, modificación o cese de autoritzación sanitaria de establecimientos de tatuajes, micropigmentación y piercing - ASPB

Solicitud, modificación o cese de autoritzación sanitaria de establecimientos de tatuajes, micropigmentación y piercing

Para llevar a cabo prácticas de tatuaje, pircing o micropigmentación hace falta una autorización sanitaria previa. Estas técnicas son actividades con riesgo sanitario y tanto las personas que las realizan como los establecimientos donde se hacen están reguladas en Cataluña por el Decreto 90/2008. Así pues, es obligatorio disponer de una autorización sanitaria de funcionamiento antes de empezar la actividad. En la ciudad, es la Agencia de Salud Pública de Barcelona (ASPB) quién lo otorga y también lleva a cabo la vigilancia y control de las condiciones sanitarias.

Los trámites relativos a la solicitud de una nueva autorización sanitaria de funcionamiento, de modificación de una existente o de baja, hay que realizarlos en línea, a través de la Oficina Virtual de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

Si el titular es una persona física (autónomo/a), se puede realizar el trámite también de forma presencial presentando el Formulario de Autorización Sanitaria de Establecimientos de Tatuaje, micropigmentación y Pircing junto con el justificante bancario del pago de la tasa correspondiente según la Ordenanza Fiscal vigente del Ayuntamiento de Barcelona y la documentación que encontraréis explicada en la propia solicitud.

Esta información la puedes encontrar en: